Mediante esta resolución se implementa un aplicativo con el fin de liquidar e ingresar el impuesto de sellos en los contratos que se celebren para locar, sublocar, otorgar cesión de uso y leasing de inmuebles destinados a actividades comerciales o con fines turísticos ubicados en la Ciudad de Buenos Aires.
Cuando no intervenga en la operación un escribano, ambas partes contratantes son responsables de ingresar a través del aplicativo el impuesto a los sellos, la falta de pago conlleva la acumulación de interes resarcitorios.
Cuando intervenga un escribano en la operación, actuará como agente de retención del impuesto.
La resolución será vigente a partir del 15 de Junio de 2008 |