Esta resolución sustituye a la 160/98 a partir del 01/01/08, sujetando a sus términos a entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526, (Bancos y Financieras en general), disponiendo un régimen de información mensual por toda transacción efectuada sobre cuentas abiertas en dichas entidades, que sea igual o superior a $ 10.000, como así tambien sobre los consumos de tarjetas de débito, cuando acumulen montos iguales o mayores a $ 1.000 y sean abonados mendiante el débito en las cuentas referidas.
Del mismo modo están obligados a actuar como agentes de información los comisionistas de bolsa y de mercado abierto, por operaciones que acumulen la cifra de $ 150.000 anuales en cabeza de un mismo titular. |