La resolución del IERIC 18/11 publicada en el Boletín Oficial el 04/02/11, dispone prorrogar por el término de dos años el plazo de caducidad dispuesto por la resolución 17/09 del organismo. En consecuencia el nuevo término de caducidad se producirá el 13/03/13.
En lo que respecta al vínculo trabajador-empleador, o del trabajador o el empleador con el IERIC, el único documento habilitante que se reconocerá es la libreta de fondo de cese laboral de hojas móviles que se emite a partir de la credencial de registro laboral que prevé la Resolución 16/09 |