Esta resolución dispone un cronograma que obliga a las sociedades comerciales, sociedades extranjeras y binacionales, y asociaciones civiles y fundaciones a la presentación de una declaración jurada de actualizacion de datos. Para ello utilizarán el formulario K-Resolución General IGJ Nº 2/2009.
El cronograma a cumplir es de 60 días corridos a contar de las siguientes fechas: Asociaciones Civiles y Fundaciones, a a partir del 02/08/2010; Sociedades Extranjeras y Binacionales, a partir del 06/09/2010; Sociedades Comerciales, a partir del 04/10/2010.
Si del control de la declaración jurada presentada surge que la entidad no posee trámites pendientes ni deudas por tasas, o relativas a la presentación de estados contables, se tendrá por cumplimentada la misma. Si se detectaran falsedades en la información suministrada, o se incumpliera en la presentación de la declaración jurada, se aplicarán sanciones.
Este requisito se considera excluyente para la realización de cualquier otro trámite. |