Mediantes estas resoluciones publicadas el 23/06 se extiende hasta el 31/07/10 la vigencia del régimen de facilidades de pago que corresponde en cada caso para las deudas correspondientes a los agentes de recaudación por retenciones efectuadas sobre el impuesto a los ingresos brutos y de sellos; deudas en instancia judicial que provienen de los impuestos inmobiliario, sobre los ingresos brutos y de sellos; y sobre las deuduas que no se encuentran en instancia judicial provenientes de los impuestos antes citados. |