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PLAZO DE PAGO DE LAS INDEMNIZACIONES - LEY 20744
Mediante la Ley 26.593, texto publicado el 26/05/10, se modificó la Ley 20.744 al incorporarse el artículo 255 por el que se estableció que las indemnizaciones y remuneraciones que corresponden a la extinción del contrato de trabajo, cualquiera sea su causa, se abonarán dentro de los plazos del art. 128 de la Ley 20.744, 4 días hábiles cuando se abonen remuneraciones mensuales, y 3 días hábiles, cuando las remuneraciones abonadas sean semanales.
 
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