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EMERGENCIA AGROPECUARIA - BENEFICIOS
Mediante esta resolución se instrumenta el procedimiento para acceder a los beneficios impositivos que la Ley 26509 prevé para los productores agropecuarios cuyas explotaciones se encuentran en zonas de emergencia o desastre debido a causas climáticas, a condición de que tal situación haya sido reconocida como tal por las normas nacionales. Son alcanzadas las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Salta, San Juan, Santa Fe, Santiago del Estero, La Pampa, Santa Cruz, Corrientes, y Catamarca. Para acceder al beneficio corresponde presentar una multinota dentro del plazo de 30 días hábiles. La medida prevé las suspensión de los juicios de ejecución fiscal contra los productores afectados y el diferimiento del pago de los impuestos a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales y a la Contribución Especial sobre el Capital de las Cooperativas.
 
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