Mediante la citada resolución se fija para los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, de la Administración Pública Nacional y todos los organismos del Estado Nacional un salario mínino vital y móvil, que excluye a las asiganciones familiares en su cómputo, a partir del 01/08/09 en $ 1.400 para mensualizados, y de $ 7 la hora para trabajadores jornalizados.
A partir del mes de octubre del corriente año, el salario se incrementará a $ 1.440 y $ 7.20 respectivamente.
Finalmente, a partir del 01/01/10 será de $ 1.500 y $ 7.50. |