Mediante esta resolución se dispuso en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires la creación de una clave fiscal que deberá de ser utilizada para el trámite de presentación vía internet de las declaraciones juradas correspondientes al impuesto a los ingresos brutos. Para ello deberá de utilizarse la página web de la AGIP www.agip.gob.ar.
Para ello se han establecido dos niveles de seguridad, el 2 que corresponde a personas jurídicas, y el 1 que se asigna a personas físicas.
Para las personas físicas, la condición para su obtención es encontrarse inscripto en el impuesto y haber operado dentro del plazo de 12 meses anteriores a la fecha de gestión de la clave. De darse esta condición la clave se gestionará vía internet, caso contrario corresponde su gestión en forma personal.
Para las personas jurídicas el trámite es presencial debiendo mediar la actuación de sus representantes.
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