Esta resolución dispone que el alta fiscal en la categoría Régimen Simplificado en el Impuesto a los Ingresos Brutos, será otorgada cuando en la gestión de la misma el contribuyente aporte original y copia de su DNI y la constancia de opción en el Monotributo Nacional previsto en la Ley 24.977 y modificatorias.
El trámite puede cumplimentarse ante la Dirección General de Rentas, en los centros de Gestión y Participación Comunal, en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires o en el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas. |