Mediante esta conocidad el 06/02/09 se dispone un régimen de retención de los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado que será aplicado a los pagos que se efectúen a quienes se encuentren adheridos al monotributo. Este régimen operará a partir del 01/04/09 y será aplicado a quienes en los 12 últimos meses anteriores hubieran prestado a un mismo sujeto locaciones o servicios por un valor superior $ 72.000, o hubiesen vendido bienes por un valor superior a los $ 144.000, o en su caso que el valor unitario de los bienes vendidos sea superior a los $ 870.Es de destacar que será aplicable aunque las operaciones se hayan pactado con anterioridad a esa fecha. |