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SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL - PAGO VOLUNTARIO DE INFRACCIONES

Mediante esta resolución del Ministerio de Trabajo conocida el 17/12/08 se dispone un procedimiento de pago voluntario de infracciones a la normativa de seguridad social que la autoridad de aplicación constate.


Quienes se acogan al régimen deberán de presentar ante la Dirección de Inspección Federal o ante la Delegación interviniente, según corresponda, el formulario de solicitud de pago voluntario. Al mismo tiempo deberán de acreditar la regularización del incumplimiento constatado y el pago previsto por el artículo 19 de la RG 1566.


La autoridad de aplicación notificará la decisión adoptada con respecto de la presentación hecha dentro de los 10 días de efectuada. A tal efecto habrá de concurrirse ante la Dirección de Inspección o ante la Delegación Interviniente según corresponda.

 
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