Conocida la RG 11/2008 el 28/11/08, dispone a partir del 01/01/09 un procedimiento que unifica las alícuotas aplicables por el régimen del SIRCREB. Recordar que este régimen obliga a las entidades financieras a actuar como agentes de retención del Impuesto a los Ingresos Brutos cobrado por las provincias. La presente resolución dispone que dichas entidades deberán de consultar el listado disponible en el sitio www.sircreb.gov.ar el que los días 25 de cada mes pondrá a disposición de las mismas un padrón de contribuyentes alcanzados por el régimen, a quienes retendrán la alícuota que corresponda a la letra que se asigne a los mismos. Recordar asimismo que la materia imponible la constituyen las acreditaciones de fondos registradas en las cuentas bancarias de dichos contribuyentes. |