Se fija a partir del 01/08/08 el salario mínimo vital y móvil para los trabajadores comprendidos en la Ley 20744 y de la Administración Pública, en la suma de $ 1.200 para los trabajadores mensualizados, y de $ 6 por horar para los jornalizados.
A partir del 01/12/08 será de $ 1.240 y $ 6.20 respectivamente |